Recurso Nº: 1535/2015
Palabras clave:
recurso, delito de estafa agravada , responsabilidad penal de las personas jurídicas.Resumen
ESTAFA AGRAVADA: CREDIBILIDAD EMPRESARIAL: no basta constatar una inter-vención profesional de intermediación. Tampoco es suficiente con ofertar los servicios profesionales al público a través de una o varias oficinas. Es preciso algo más. Este delito no lo comete el empresario o el profesional que engaña a otro y le induce a realizar un acto de disposición patrimonial en su favor. Es menester que un sujeto en el que concurre esa con-dición empresarial o profesional se valga de las ventajas asociadas a ese estatus para debilitar las habituales prevenciones de toda hipotética víctima.
Fecha Sentencia: 16/03/2016
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