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  • Revista Peruana de Ciencias Penales Nº 34
    Núm. 34 (2020)

    Año: 27
    Apreciados lectores, para nosotros es todo un gusto poner a su disposición un nuevo número de la Revista Peruana de Ciencias Penales, el cual, como en todas las anteriores apariciones, lleva en cada página nuestro sello: la pasión por ofrecerles la mejor información académica y, sobre todo, relacionada a temas de coyuntura En este nuevo número queremos usar este pequeño espacio para expresar nuestro más profundo agradecimiento a todos los distinguidos profesores e investigadores que siempre tienen a bien compartir con nosotros sus trabajos académicos y que escogen a nuestra Revista como el medio para la difusión de sus reflexiones y pensamientos.

  • Revista Peruana de Ciencias Penales Nº 33
    Núm. 33 (2019)

    Año: 26

    Los ya incontables años de vigencia de la Revista respaldan la laboriosa tarea de quienes de alguna u otra manera asumimos el papel de sacarla adelante. El objetivo siempre ha sido y será uno solo: ofrecer a nuestros lectores un contenido de excelente calidad académica.

    Estas situaciones son sin duda el mejor aliciente que podemos recibir para trabajar incansablemente en ofrecerles, en cada nuevo número, los mejores contenidos. Y, precisamente, el número que ahora sale a la luz reafirma nuestro compromiso con ustedes, nuestro compromiso con la difusión del pensamiento penal y con la búsqueda de los más altos estándares en la elección del material académico a brindarles.

  • Revista Peruana de Ciencias Penales Nº 32
    Núm. 32 (2018)

    Año: 25 | Edición Especial: Criminal Compliance

    La presente edición se caracteriza con la frase “Todo cambia, nada permanece”, enunciado filosófico que no tiene por qué ser ajeno a las ciencias penales. Y es que, durante mucho tiempo, los foros de enseñanza y discusión se movieron bajo la —aparentemente— inamovible idea del “societas delinquere non potest”. Particularmente, ha sido la comunidad jurídica formada bajo la influencia del sistema romano-germánico, que había aceptado como supuesto inmutable que sólo el ser humano era capaz de infringir las normas penales o de dañar los bienes jurídicos. Era el único y exclusivo destinatario de la pena y sus fines.

    Sin embargo, la concepción de dicha comunidad jurídica se ha visto sometida a modificaciones producidas desde el seno de la actividad económica.

  • Revista Peruana de Ciencias Penales Nº 31
    Núm. 31 (2017)

    Año: 24 | Edición Especial: Lavado de Activos

    Este último es, sin duda alguna, la “estrella” de nuestros tiempos, el delito de Lavado de Activos o Blanqueo de Capitales, se ha constituido en el centro de un sistema alrededor del cual giran los principales delitos cuya comisión es severamente castigada (p.ej., terrorismo, trata de personas, entre otros).